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En 1992, la comunidad internacional adoptó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) con el objetivo de estabilizar las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera. Consciente de su condición de pequeño estado insular altamente vulnerable, la República Dominicana firmó el tratado original y formalizó su adhesión mediante la Resolución núm. 182-98 del 18 de junio de 1998. Este hito marcó el inicio del compromiso jurídico y político del Estado dominicano ante el desafío del calentamiento global.

En 1997 se aprobó el Protocolo de Kyoto, un instrumento histórico que estableció metas vinculantes de reducción de emisiones para los países industrializados e introdujo mecanismos de mercado flexibles. La República Dominicana se alineó rápidamente con esta nueva arquitectura internacional al ratificar el protocolo a través de la Resolución núm. 141-01 en el año 2001. Esta decisión estratégica abrió las puertas para que el país participara activamente en el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL), sentando las bases para la atracción de inversiones sostenibles, especialmente en el sector de energías renovables.

La necesidad de articular una respuesta institucional interna y coordinar los proyectos derivados de los acuerdos de Kyoto motivó la creación de una entidad de alto nivel. Es así como el 20 de septiembre de 2008, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto núm. 601-08, fundando el Consejo Nacional para el Cambio Climático y Mecanismo de Desarrollo Limpio (CNCCMDL). Concebido como un órgano presidencial transversal e intersectorial, el Consejo nació con el mandato explícito de formular, diseñar y ejecutar las políticas públicas necesarias para la mitigación y adaptación, uniendo los esfuerzos del sector público, el empresariado privado y la sociedad civil.

A lo largo de los años, el Consejo experimentó diversas modificaciones normativas para adecuar su gobernanza a los nuevos paradigmas globales, como la adopción del Acuerdo de París. Uno de los ajustes más significativos ocurrió mediante el Decreto núm. 348-21 de mayo de 2021, el cual modificó la estructura e integración original fijada en 2008. Esta reforma buscó dinamizar el funcionamiento interno del Consejo, actualizar la participación de los ministerios clave y fortalecer la coordinación interinstitucional necesaria para cumplir con los nuevos compromisos climáticos del país.

Finalmente, el paso definitivo hacia la modernización institucional se consolidó a través del Decreto núm. 358-25, emitido en julio de 2025. Esta disposición adscribió el órgano al Ministerio de la Presidencia y modificó oficialmente su nombre a Consejo Nacional para el Cambio Climático y Mercado de Carbono (CNCCMC). Con este cambio de denominación, la institución superó la vieja nomenclatura enfocada exclusivamente en el extinto esquema de Kyoto, adaptando formalmente su estructura a las reglas actuales de los mercados internacionales de carbono y consolidando su rol estratégico de cara a una economía global descarbonizada.

 

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